ANEXO III Ley Nacional 24.051
OPERACIONES DE ELIMINACION
A. OPERACIONES QUE NO PUEDEN CONDUCIR A LA
RECUPERACION DE RECURSOS, EL
RECICLADO, LA REGENERACION, LA REUTILIZACION DIRECTA U OTROS USOS.
RECICLADO, LA REGENERACION, LA REUTILIZACION DIRECTA U OTROS USOS.
La sección A abarca las operaciones de eliminación
que se realizan en la práctica.
D1
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Depósito dentro o
sobre la tierra (por ejemplo, rellenos, etcétera).
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D2
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Tratamiento de la
tierra (por ejemplo, biodegradación de desperdicios líquidos o fangosos en
suelos, etcétera).
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D3
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Inyección profunda
(por ejemplo, inyección de desperdicios bombeables en pozos, domos de sal,
fallas geológicas naturales, etcétera).
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D4
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Embalse superficial
(por ejemplo, vertido de desperdicios líquidos o fangosos en pozos,
estanques, lagunas, etcétera).
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D5
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Rellenos especialmente
diseñados (por ejemplo, vertido en compartimientos estancos separados,
recubiertos y aislados unos de otros y del ambiente, etcétera).
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D6
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Vertido en una
extensión de agua, con excepción de mares y océanos.
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D7
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Vertido en mares y
océanos, inclusive la inserción en el lecho marino.
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D8
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Tratamiento biológico
no especificado en otra parte de este anexo que dé lugar a compuestos o
mezclas finales que se eliminen mediante cualquiera de las operaciones
indicadas en la sección A.
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D9
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Tratamiento
fisicoquímico no especificado en otra parte de este anexo que dé lugar a
compuestos o mezclas finales que se eliminen mediante cualquiera de las
operaciones indicadas en la sección A (por ejemplo, evaporación, secado,
calcinación, neutralización, precipitación, etcétera).
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D10
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Incineración en la
tierra.
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D11
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Incineración en el
mar.
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D12
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Depósito permanente
(por ejemplo, colocación de contenedores en una mina, etcétera).
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D13
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Combinación o mezcla
con anterioridad a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A.
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D14
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Reempaque con
anterioridad a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A.
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D15
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Almacenamiento previo
a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A.
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B. OPERACIONES QUE PUEDEN CONDUCIR A LA RECUPERACION
DE RECURSOS, EL RECICLADO, LA REGENERACION, REUTILIZACION DIRECTA Y OTROS USOS.
La sección B comprende todas las operaciones con
respecto a materiales que son considerados o definidos jurídicamente como
desechos peligrosos y que de otro modo habrían sido destinados a una de las
operaciones indicadas en la sección A.
R1
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Utilización como
combustible (que no sea en la incineración directa) u otros medios de generar
energía.
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R2
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Recuperación o
regeneración de disolventes.
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R3
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Reciclado o
recuperación de sustancias orgánicas que no se utilizan como disolventes.
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R4
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Reciclado o
recuperación de metales y compuestos metálicos.
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R5
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Reciclado o
recuperación de otras materias inorgánicas.
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R6
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Regeneración de ácidos
o bases.
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R7
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Recuperación de
componentes utilizados para reducir la contaminación.
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R8
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Recuperación de
componentes provenientes de catalizadores.
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R9
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Regeneración u otra
reutilización de aceites usados.
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R10
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Tratamiento de suelos
en beneficio de la agricultura o el mejoramiento ecológico.
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R11
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Utilización de
materiales residuales resultantes de cualquiera de las operaciones numeradas
R1 a R10.
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R12
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Intercambio de
desechos para someterlos a cualquiera de las operaciones numeradas R1 a R11.
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R13
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Acumulación de
materiales destinados a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección
B.
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